El Decreto 30/2008, de 27 de marzo, por el que se aprueba la Oferta Pública de Empleo para el año 2008 ha sido publicado en el B.O.C. extraordinario número 8 del día 28 de marzo de 2008.
Información Complementaria
En la oferta de empleo público se incluyen necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, de acuerdo con los criterios y según la composición que se detalla en el articulado y en los anexos I y II del presente Decreto.
La oferta de empleo público para el año 2008, para personal funcionario, detallada en el anexo I, consta de 67 plazas, resultado de añadir a las plazas dotadas presupuestariamente, e incluidas en las relaciones de puestos de trabajo que se encuentran desempeñadas interinamente, plazas de nuevo ingreso en sectores considerados prioritarios o que afectan al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, todas ellas equivalentes al cien por cien de la tasa de reposición de efectivos, y que se reparten conforme al siguiente detalle:
- SUBGRUPO A1, 16 plazas.
- SUBGRUPO A2, 35 plazas.
- SUBGRUPO C1, 5 plazas.
- SUBGRUPO C2, 8 plazas.
- AGRUPACIÓN PROFESIONAL DE SUBALTERNOS, 3 plazas.
La oferta de empleo público del año 2008, para personal laboral, detallada en el anexo II, consta de 33 plazas desempeñadas actualmente por personal laboral temporal y que se reparten conforme al siguiente detalle:
- GRUPO C, 2 plazas
- GRUPO D, 12 plazas.
- GRUPO E, 19 plazas.
Asimismo, se incluirán en la oferta de empleo público del año 2008 para el personal laboral todas las plazas vacantes, ocupadas por personal laboral temporal, una vez se celebren los procedimientos de provisión de vacantes en el orden de prelación previsto en el artículo 8 del VII Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. A estos efectos, a partir de la publicación del presente Decreto, las citadas plazas serán ofrecidas para provisión por reingreso de excedentes, concurso de traslados y promoción interna, así como, en su caso, a través del sistema establecido en el artículo 86 del VII Convenio Colectivo. Las plazas que no resulten provistas por los sistemas anteriores podrán ser objeto de convocatoria de procesos selectivos según la clasificación de categorías profesionales previstas en el VII Convenio Colectivo.
Boletín Oficial de Cantabria
Número: Extraordinario número 8.
Fecha: 28 de marzo de 2008.