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Ayudas y Subvenciones, Becas y Premios

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Ayudas y Subvenciones

Consejería de Empleo y Bienestar Social

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Fecha de publicación: 21-ENE-2010   
Título
Orden EMP/11/2010
Descripción
Orden EMP/11/2010, de 4 enero, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocan subvenciones para la realización de cursos de idiomas en el extranjero para el año 2010.
Boletín Oficial de Cantabria
Número: 13
Fecha: 21/01/2010
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Plazo de presentación
Solicitudes
desde el Día:
22-ENE-2010
Solicitudes
hasta el Día:
30-SEP-2010
Beneficiarios
Podrán acogerse a la presente convocatoria los jóvenes:
a) Empadronados o residentes en Cantabria.
b) Nacidos entre el 1 de enero de 1980 y el 1 de julio de 1996.
c) Que hayan reservado la participación en un curso de idiomas en el extranjero cuya realización sea entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010.
d) No superar los umbrales de ingresos por unidad familiar que se establecen a continuación:
Familias de un miembro: 19.000 euros
Familias de 2 miembros: 24.000 euros
Familias de 3 miembros: 28.000 euros
Familias de 4 miembros: 31.000 euros
Familias de 5 miembros: 33.000 euros
Familias de 6 miembros: 35.000 euros
A partir del séptimo miembro se añadirán 2.000 euros por cada miembro computable.
A los efectos de esta Orden se entenderá por unidad familiar al conjunto de personas unidas por vínculos de parentesco, tanto por consaguinidad como por afinidad, que convivan en el domicilio de la persona solicitante. Esta circunstancia se acreditará con el certificado municipal correspondiente, donde consten las personas que conviven con la persona solicitante.
Para determinar el umbral de rentas se estará a la base imponible general sujeta a tributación declarada en el IRPF correspondiente al ejercicio 2008 para las solicitudes presentadas hasta 30 de junio, o a la base imponible general sujeta a tributación declarada en el IRPF correspondiente al ejercicio 2009 en los demás casos.
Documentación a Adjuntar
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
1-Documentos acreditativos de la reserva y admisión en un curso de idiomas en el extranjero.
2-Acreditación de residencia en Cantabria (mediante certificado de residencia o empadrona¬miento), donde conste los miembros que residen o están empadronados con la persona solicitante. Este certificado no será considerado valido si han transcurrido dos meses desde la fecha de expedición hasta la de presentación de la solicitud.
3-Fotocopia del D.N.I. en vigor a la fecha de presentación de la solicitud.
4-Fotocopia del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas del ejercicio correspondiente, se¬gún el articulo 3.1.d), de todos los miembros de la unidad familiar, o bien Certificado de Renta expe¬dido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de todos los miembros de la unidad familiar.
Los miembros de la unidad familiar que, por no hallarse obligados a declarar, no hubieran pre¬sentado declaración del IRPF en el ejercicio correspondiente, deberán aportar una autorización para la obtención de certificados de la Administración Tributaria de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar, a la que se deberá adjuntar documentación que acredite los miembros que la com¬ponen. Para los menores de edad, la autorización deberá ser presentada por el padre, madre o tutor.
5-Datos bancarios («ficha de tercero») para el caso de que no consten en esta Consejería o hayan sido modificados.
6-Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, así como del resto de obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria. Esta declaración se formulará conforme al modelo que figura en el Anexo II de la presente Orden.
7-Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, según modelo que figura en el Anexo III de la presente Orden.
Información adicional
Modelo de solicitud y anexos.
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Lugar de Presentación de las Solicitudes
En el Registro Delegado de la Dirección General de Juventud (Calle Bonifaz, nº 16), en el Registro General del Gobierno de Cantabria (Calle Peña Herbosa, nº 29) o a través de cualquiera de los medios contemplados en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano Tramitador
Órgano: DIREC. GENERAL JUVENTUD
Teléfono: 942 20 74 04
Dirección: C/ Bonifaz, 16 - 39003 Santander
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